| Comunicado
de prensa
18
de diciembre de 2008
Hoy,
el día en el que la Iglesia de la Santa Cruz fue declarada
monumento histórico y la ex Plaza de Armas de la ex ESMA
cambia su nombre por el de “Declaración Universal de
los Derechos Humanos", la Sala II de la Cámara Nacional
de Casación Penal dispuso la libertad de más de una
decena de acusados por los crímenes de lesa humanidad cometidos
en la ESMA durante la última dictadura militar. Esta resolución
deja al descubierto la indolencia de los funcionarios judiciales
en el camino por obtener verdad y justicia.
La liberación
de los acusados es posible porque las distintas instancias de la
justicia han demorado en forma injustificada los procesos, dilatando
la posibilidad de alcanzar la instancia de los juicios orales y
públicos. Desde la reapertura de las causas en 2001, ni los
jueces de instrucción ni los fiscales, salvando contadas
excepciones, han mostrado pericia y agilidad en las investigaciones
de los casos por lo que éstas se han prolongado en forma
irrazonable. Por su parte, la Cámara de Casación obstruyó
durante años la continuidad de las causas, incluyendo algunas
resoluciones que aún hoy siguen pendientes y que impiden
el inicio de los juicios en algunas jurisdicciones del país.
A siete años
de la reapertura de las causas, persiste la incapacidad de los funcionarios
judiciales responsables de diseñar un plan estratégico
que garantice a las víctimas y a la sociedad en su conjunto
la realización del proceso de verdad y justicia en el marco
del respeto de las garantías.
A tres décadas
del golpe, el Estado tiene la obligación de ser diligente
en la investigación, búsqueda de prófugos y
protección de testigos y no puede descansar solamente en
la actividad y persistencia de las querellas y del movimiento de
derechos humanos. Por eso, una vez más instamos a que el
Estado garantice la protección de los testigos y personas
vinculadas a estos procesos e implemente una estrategia de persecución
y juzgamiento de estos crímenes gravísimos. La ineficacia
del sistema de justicia pone al Estado argentino en una situación
de responsabilidad internacional por violar convenciones de derechos
humanos, por no garantizar ni a los familiares y la sociedad la
sanción de los responsables de los delitos de lesa humanidad
ni a los imputados un juicio en un plazo razonable.
La libertad
de los acusados durante el proceso penal no conlleva impunidad.
A treinta años del Terrorismo de Estado, impunidad es que,
por desidia, indolencia o complicidad, la justicia argentina aún
no los haya condenado.
Abuelas de Plaza de Mayo – Grand-mère de la
Place de Mai
CELS (Centro de Estudios Legales y Sociales)
Familiares de Desaparecidos y Detenidos por Razones Políticas
Fundación Memoria Histórica y Social Argentina
H.I.J.O.S.
Madres de Plaza de Mayo –Línea Fundadora
Adhésions
: Madres de Plaza de Mayo de La Plata - Horacio Méndez Carreras
Collectif Argentin pour la Mémoire-Paris-France |